De Prensa MACH Trelew
Movimiento Antinuclear del Chubut
15 de noviembre de 2012
Se presentó una acción de amparo
ambiental en el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Chubut
Marcelo Pintihueque, integrante de
la comunidad Comarca Chubut, representado por la abogada Silvia de los Santos
ingresó en horas del mediodía una acción de amparo ambiental, mandamiento de
ejecución y una declaración de inconstitucionalidad. La medida cautelar cuenta
con una profunda fundamentación que se cimenta en el derecho internacional
indígena como el artículo 169 de la
OIT que establece la consulta previa, libre e informada a los
pueblos originarios. “El objeto del amparo es que el poder ejecutivo y el poder
legislativo hagan efectivas las normas que reconocen derechos colectivos e
individuales al mundo indígena”, explicaba la letrada en conferencia de prensa.
El recurso solicita que se
suspendan 68 de los 135 proyectos
megamineros “con miras a su cierre
definitivo”. El propio ministerio de medio ambiente reconoce que su
habilitación ambiental se encuentra vencida. Esos proyectos “son clandestinos” denunció Silvia de los
Santos. En su exposición ante los medios de comunicación la abogada explicaba
que “lo que estamos queriendo demostrar también es la falacia de que el estado
controla, justamente si permiten que se hagan actividades de exploración o
prospección sin tener habilitación vigente habla de una falta total y absoluta
de controles”
En la provincia de Chubut
no se realiza Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) como exige la normativa.
Por un decreto del anterior gobierno se establece un Informe de Impacto
Ambiental (IIA) que posibilita la aplicación de los mismos por meras Declaraciones
Ambientales (DA). Esto es directamente inconstitucional. El amparo no tiene por
objeto prohibir ningún tipo de actividad económica, lo que busca es que se
respeten las normas vigentes que son constitucionales y supra legales, y
legales también, ya que el código ambiental de la provincia dice que deben
hacerse EIA. Entro los muchos fallos citados con jurisprudencia en este
aspecto, se menciona el conocido caso
Esquel en donde la
Corte Suprema de Justicia de la Nación sentenció que “toda
actividad que pueda generar un impacto en el ambiente debe tener previamente
aprobada una EIA” Y estas evaluaciones deben someterse a audiencias públicas,
en el caso de la minería la única consulta que se hace es vía internet.
Las asambleas y organizaciones
sociales se encuentran expectantes ante el resultado de esta presentación legal
que podría dar por tierra con el vapuleado marco regulatorio de las actividades
mineras e hidrocarburíferas presentado por el gobierno para su tratamiento ante
la legislatura provincial. Si el tribunal superior da curso a la medida
cautelar pondrá sin dudas un freno a las apetencias de las corporaciones
transnacionales que en las sombras empujan para habilitar la megaminería.
1 comentario:
NO a la megamineria. hoy me reia porque claramente uno de los dos diarios de la ciudad de trelew (por el chubut) demuestra claramente que esta comprado por el gobierno donde en su titulo principal en grande dice " fuerte marcha por el si a mina" y mas chiquitito abajo dice "hubo incidentes por el no. QUE RAPIDO APRENDEN A COPIAR IDEAS PORTENIAS... OTRO QUE CLARIN!! JAJA
Publicar un comentario